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Tax Planning3 de febrero de 2021 · 6 min de lectura

El Trust Irrevocable tiene un problema de coherencia interna

B&P Consulting

El Trust Irrevocable tiene reconocimiento jurídico en Argentina, pero su protección depende de un sistema que te empuja a protegerte de él.

El Trust Irrevocable tiene un problema de coherencia interna

Ayer salió una nota en Infobae sobre que la AFIP está buscando combatir los Trusts Irrevocables. Mucha gente nos preguntó qué pensábamos al respecto. Esto no es una verdad revelada, es una opinión. Muchos profesionales muy respetados no van a estar de acuerdo por diversas razones.

Que el gobierno quiera desmontar y combatir este tipo de estructura no es novedad. Notas como la de ayer hace años que aparecen. De hecho en épocas de debate parlamentario respecto de aumentos de impuestos, suelen aparecer incluso solicitadas o publinotas de AFIP.

Una de las últimas que apareció hace algunos años funcionaba como advertencia respecto de la fiscalización que se llevaría a cabo para verificar si los trusts con los que familias de alto poder adquisitivo evitaban impuestos y sucesiones eran efectivamente irrevocables. Mediante el hecho de advertir sobre la persecución a simulaciones en las cuales no había un desapoderamiento real de los bienes en cuestión, la AFIP (quizás sin querer) otorgaba legitimación al Trust Irrevocable como instrumento.

Los profesionales serios lo saben perfectamente

Irrevocable es irrevocable. El desapoderamiento debe ser total, no solo respecto de la titularidad de los bienes, sino del control de los mismos. Cualquier tipo de artimaña diseñada para otorgar opacidad al control o a los beneficiarios puede hacer caer toda la estructura.

El Trust en Argentina tiene reconocimiento de hecho en la más alta jurisprudencia, en jurisprudencia de menor jerarquía, y en varios dictámenes de la AFIP. ¿Esto es suficiente como para maniobrar? Sí, el reconocimiento existe.

¿Entonces la figura es a prueba de balas y cualquiera con un Trust irrevocable puede dormir sin frazada? La verdad que no. El reconocimiento del trust en el ordenamiento jurídico argentino es extremadamente endeble a tal punto que carece de normativa vinculante.

Pero el problema es mayor.

Analicemos el racional detrás de la constitución de un Trust Irrevocable

A nuestro juicio, los defensores acérrimos del Trust incurren en un pequeño glitch lógico. Vamos por partes.

Además de la planificación sucesoria, un Trust Irrevocable blinda el patrimonio del ataque de terceros, el estado no lo puede confiscar, y elimina legalmente la carga tributaria asociada a dicho patrimonio.

Esa carga tributaria, superior al 7% del capital más vaya uno a saber cuánto más de la renta, es derivada de leyes absolutamente inconstitucionales y confiscatorias.

Leyes que dan cuenta de la nula seguridad jurídica que existe en Argentina, donde la propiedad privada a duras penas es reconocida.

¿Notás el glitch?

Uno busca protección contra la nula seguridad jurídica en un instrumento cuyo argumento es el reconocimiento por parte de un ordenamiento que tiene nulo respeto por sus propias normas.

Es absolutamente ridículo que se busque mediante una ley gravar a las personas por un patrimonio que ya no poseen ni controlan. Estamos todos de acuerdo. Lamentablemente leyes igual de ridículas o más se aprueban constantemente.

"Se va a judicializar" dicen muchos, pero eso no significa absolutamente nada en un país en el cual no hay seguridad jurídica. Los jueces pueden fallar cualquier cosa de acuerdo a las distintas coyunturas políticas y esto no es una sorpresa. Es de hecho la razón por la cual uno intenta blindar el patrimonio in the first place.

El reconocimiento existe pero es frágil

El reconocimiento del Trust Irrevocable existe, pero basta una ley express salida de la escribanía para anularlo. Si eso es inconstitucional y los contribuyentes van a recurrir a la justicia, no es garantía de nada ya que hay nula seguridad jurídica.

¿Y esto qué significa? ¿Que el gobierno va a poder confiscar libremente a cualquiera que está tranquilo con su trust? Esto habrá que verlo en su momento, pero definitivamente puede con la barita mágica transformar en "plata negra" toda aquella que se done a estas estructuras, con las consecuencias civiles y penales correspondientes e incluso de forma retroactiva.

Pero no sería ilegal, ¿verdad? Sí, en un país con seguridad jurídica.

¿Las jurisdicciones extranjeras van a informar acerca de los Trusts? Esto es irrelevante a los fines de la "negritud". A lo sumo será barrani seguro o barrani inseguro, pero barrani al fin. Respecto de si van a informar o no, es algo que el futuro dirá pero no ponemos las manos en el fuego por ninguna jurisdicción.

Hay quienes dicen que es imposible porque aquellas jurisdicciones son muy respetuosas de la propiedad privada y hay mucha seguridad jurídica. Lo mismo decían hace un tiempo del secreto bancario. Y la realidad es que hoy en día casi todos los "Paraísos Fiscales" informan a CRS, no porque les agarró un ataque de transparencia y solidaridad, porque los obligaron. De hecho, ya escribimos sobre cómo el CRS 2.0 complica las soluciones que parecían obvias.

En la práctica tampoco es muy relevante

Hay un patrimonio que va a dejar de aparecer en bienes personales porque se dona al Trust. Basta con desconocer esa donación y/o disminución de patrimonio y listo. No necesita la cooperación de nadie.

Por lo anterior expuesto vemos al Trust Irrevocable como una protección decente pero incompleta. El residente fiscal argentino es un esclavo de un régimen despótico y no debe creer que tiene protecciones o garantías dentro de un sistema en el cual la ley cambia con el viento.

El Trust es un gran instrumento que debe ser complementado con un portfolio migratorio y cada vez más con la pérdida de la residencia fiscal argentina, con todo lo que eso implica.

A nuestro juicio personal, hoy en día un UHNW en Argentina no tiene las garantías necesarias para justificar el mantenimiento en AR de su residencia, ni de bienes de ningún tipo.

Si estás pensando en estructurar tu patrimonio, te puede servir revisar nuestra visión sobre Planificación fiscal multijurisdiccional y cómo pensamos estas situaciones desde una perspectiva más amplia.

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