Una de las consultas más frecuentes que recibimos en B&P Consulting viene de personas que están pensando en emigrar y tienen propiedades. El pánico es comprensible: ¿pierdo la residencia fiscal si las conservo? ¿Me pueden obligar a venderlas? ¿Qué pasa con los alquileres?
Vamos por partes, porque hay mucha confusión circulando.
Lo migratorio y lo fiscal son cosas distintas
Desde el punto de vista migratorio puro, no existe ningún impedimento para que conserves tus propiedades en el país que se te antoje. Si te mudás a un país con un sistema jurídico razonable (asumiendo que emigrás a un lugar donde las instituciones funcionan), tampoco deberías tener inconvenientes en tu destino.
Lo que sí vas a tener que hacer, dependiendo del lugar, es reportar la existencia de esos inmuebles y eventualmente su renta. Pero eso ya no es un problema migratorio. Es un problema fiscal.
En Argentina, podés designar un responsable sustituto ante la autoridad tributaria que te reemplace a los fines fiscales respecto de las obligaciones que genere la propiedad. Por ejemplo, frente al impuesto a los Bienes Personales o al ABL. Esto es bastante straightforward desde lo administrativo (bueno, todo lo straightforward que puede ser la AFIP).
Respecto de la renta que generen esas propiedades, esta queda gravada en origen. Si te mudás a un país con un sistema de renta mundial, entonces esa renta también deberá ser informada allí. Respecto de si terminará tributando o no en tu nuevo país, dependerá de las alícuotas correspondientes, los tratados internacionales vigentes y los mecanismos de foreign tax credit disponibles.
La pregunta del millón: ¿podés perder la residencia fiscal teniendo propiedades?
La respuesta es sí. Pero con condiciones.
Podés perder la residencia fiscal argentina aún conservando propiedades, siempre y cuando la renta proveniente de esas propiedades no constituya tu principal sustento. Si emigrás y seguís dependiendo económicamente de alquileres en Argentina, entonces no se concreta la pérdida del centro de intereses económicos. Estás totalmente dependiente de la renta argentina para tu supervivencia, y eso es un problema.
Pero la cosa cambia cuando las propiedades no tienen renta, o tienen una renta mínima que no es significativa en tu estructura de ingresos totales.
De hecho, mucha gente que se va le deja sus propiedades a algún familiar que antes estaba pagando un alquiler. Se las deja gratis únicamente para que se las cuiden hasta que se vendan. Como esto puede llevar años, el familiar está chocho de la vida. ¿Vos? Vas perdiendo renta, pero ganás tranquilidad fiscal y tiempo para vender sin apuro.
En este caso, donde las propiedades dejan de generar renta y por lo tanto no contribuyen significativamente al sustento económico del propietario, no existe impedimento para que se constituya la pérdida del centro de intereses económicos. Luego, en tanto y en cuanto se cumplan con el resto de los requisitos (estadía física en el exterior, centro de vida efectivo afuera, entre otros), la residencia fiscal también se pierde.
¿Y qué pasa si alquilás igual?
Si seguís generando renta de tus propiedades en Argentina, el análisis se complica. No es que no puedas hacerlo, pero tenés que evaluar cuánto representa esa renta en tu ingreso total.
¿Es el 80% de lo que ganás? Problema. ¿Es el 15%? Probablemente manejable. ¿Tenés ingresos significativos en tu nuevo país de residencia que demuestran que tu centro de intereses económicos se trasladó? Mucho mejor.
En algunos casos, puede tener sentido mantener las propiedades generando renta, reportarlas como corresponde en ambas jurisdicciones y estructurar bien el resto de tu situación patrimonial para que quede claro que tu vida económica ya no está en Argentina. Pero esto requiere análisis caso por caso. Si estás evaluando propiedades en mercados del exterior, conviene también entender qué implica poner propiedades en USA a nombre de una LLC como parte de esa estrategia.
Lo que no podés hacer es ignorar el tema
Hay gente que se va del país y se olvida que tiene propiedades. O peor, piensa que porque está físicamente afuera, las obligaciones fiscales desaparecen por arte de magia.
No funciona así.
Si conservás propiedades en Argentina, esas propiedades van a seguir generando obligaciones fiscales acá. Vas a tener que designar un responsable sustituto, vas a tener que seguir presentando declaraciones (o que alguien lo haga por vos), y vas a tener que coordinar esto con tu situación fiscal en el exterior. Este es justamente el tipo de error que detallamos en los errores más frecuentes al emigrar sin asesoría seria.
¿Podés delegar todo esto? Sí. ¿Podés olvidarte completamente? No.
Si estás en proceso de emigración y tenés propiedades, lo más inteligente que podés hacer es sentarte con alguien que entienda tanto la parte fiscal argentina como la del país al que te vas, y armar un plan específico para tu caso. Porque las generalizaciones en estos temas siempre terminan mal. También vale la pena entender cuándo es el momento de emigrar para no apurar decisiones que después son difíciles de revertir.
Planificación fiscal multijurisdiccional es exactamente para esto: para que no te comas un garrón por no haber pensado algo a tiempo.
Si estás transitando una situación en la cual necesitás ayuda, o simplemente querés contarnos tu caso, contactate con nosotros y vamos a ver cómo te podemos ayudar.
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