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Freelancers15 de diciembre de 2022 · 6 min de lectura

Contractors en Argentina: cómo les afecta el acuerdo con USA

B&P Consulting

El acuerdo de intercambio de información entre Argentina y USA generó más pánico que claridad. Te explicamos qué se reporta realmente y qué no.

Contractors en Argentina: cómo les afecta el acuerdo con USA

Lo que nadie te dice: el acuerdo reporta menos de lo que creés

Cuando salió el acuerdo de intercambio de información entre Argentina y USA, el pánico colectivo fue instantáneo. Threads de Twitter desbordados, grupos de Telegram al borde del infarto, consultoras vendiendo soluciones mágicas para "todo lo que se viene".

Aclaremos algo desde el arranque: este artículo habla exclusivamente de reportabilidad. ¿Tenés una estructura mal hecha? ¿Estás obligado a pesificar y no lo sabés? ¿Tu LLC genera hechos imponibles que podrías evitar legalmente? Eso es otro tema. Mucho más complejo. Y cada caso es un mundo distinto.

Hoy vamos a enfocarnos en lo que dice el texto del acuerdo respecto de qué información viaja desde instituciones financieras estadounidenses hacia la AFIP. Nada más. Nada menos.

Juan y su vida de contractor promedio

Juan vive en Buenos Aires, trabaja en IT, cobra como contractor para una startup de San Francisco. Le pagan mediante Payoneer. Además tiene algunos laburitos esporádicos con clientes de distintos países que le depositan en PayPal. En total, junta algo así como lo que equivaldría a un ingreso interesante en dólares por mes.

Juan derivaba todo a una cuenta corriente que abrió hace un tiempo en Citi Miami. Desde ahí, parte lo ahorraba en efectivo, otra parte lo invertía en Interactive Brokers.

Ahora Juan está leyendo información contradictoria en todos lados y le está por dar un ACV. ¿Qué información sobre sus cuentas va a llegar realmente a manos del gobierno argentino cuando se ejecute el intercambio automático de información?

Bueno, vamos a desentrañar esta cuestión y a responderle a este pobre freelancer estresado.

Cuentas reportables vs ingresos reportables

Para entender el acuerdo tenés que diferenciar dos conceptos completamente distintos: cuentas reportables e ingresos reportables. El acuerdo trata ambos de manera diferente, con umbrales distintos y criterios que no siempre son obvios.

Cuentas reportables

El acuerdo diferencia entre dos tipos de cuenta en instituciones financieras. Las "Depositary" (bancos y similares) y las "Non-Depositary" (todos los demás, incluidos brokers).

Las cuentas "Depositary" que serán reportadas son aquellas que: A) pertenezcan a individuos residentes argentinos, y B) obtengan más de 10 dólares anuales en concepto de interés.

Sí, leíste bien. Diez dólares. Es medio raro. Pero es lo que está escrito.

Las "Non-Depositary" son reportables sin mínimos. Pueden ser tanto de individuos como de entidades argentinas a los fines fiscales.

Una LLC (a nuestro juicio, aunque hay debate en la comunidad legal) no es, por definición, una entidad argentina a los fines fiscales. Es una entidad americana bajo ley americana, que además es transparente por diseño. Sus distribuciones tributan en cabeza de los members donde sea que estos tributen. A nuestro juicio son dos cosas completamente distintas. Habrá colegas en desacuerdo. Veremos qué papel termina llegando.

Si estás pensando en abrir cuentas en USA para tu LLC, conviene entender primero cómo abrir una cuenta bancaria en USA desde Argentina y qué tipo de institución estás eligiendo realmente.

Ingresos reportables

El ingreso reportable es la renta pasiva o sujeta a retención (withholdeable). Esta renta debe ser ECI (efectivamente conectada con USA), lo cual implica que debe pasar una serie de tests para ser considerada así. Y no alcanza con que tu cliente esté en Estados Unidos.

Para saber si tu renta es o no sujeta a retención, la manera más simple es preguntarte: ¿te llega todo lo que dice tu contrato, o te llega menos? Si te llega menos, entonces es posible que haya una retención por ahí dando vueltas con su respectivo formulario.

Pero por regla general, si tu ingreso es activo (es decir, a cambio de trabajo) y vos no sos residente fiscal americano, no laburás en suelo americano y no tenés agentes dependientes americanos, no deberías tener retenciones. Y por consiguiente, tu renta no sería reportable. Para profundizar en esto, es útil leer sobre la diferencia entre renta activa y renta pasiva, porque no siempre es tan intuitiva como parece.

¿Qué se reporta entonces en el caso de Juan?

La renta que obtiene Juan de sus clientes no es reportable. Su ingreso es activo, no tiene agentes dependientes en USA, y no hay retenciones aplicadas.

¿Qué pasa con su cuenta en el Citi? No será reportada, porque no otorga interés. Las cuentas corrientes en USA generalmente no generan interés (o generan cantidades insignificantes que no alcanzan el umbral).

Interactive Brokers, como su nombre lo indica, es un broker. Será reportada independientemente de lo que gane. En este caso, será reportada solo la existencia de la cuenta, no su balance.

¿Y qué pasa con PayPal y Payoneer?

Zona gris.

De acuerdo a la FDIC, PayPal y Payoneer tienen los fondos de sus usuarios asegurados igual que si estuviesen en un banco. Pero no son bancos ni sus cuentas son Depositary Accounts. Es raro. No lo son, pero actúan como si fueran. Y por diseño no generan interés.

Deberían y a su vez no deberían ser reportadas. Las wallets de Schrödinger.

Acá cada uno hará su interpretación hasta que veamos qué termina llegando (if anything).

Suena como que no tiene sentido. ¿No van a reportar al Citi pero van a reportar wallets de cuarta que la gente se hace 20 por las dudas y nunca termina usando? Suena extremadamente ineficiente.

La pregunta que te tenés que hacer

¿Tenés cuentas en USA? Sí. ¿Son cuentas que generan interés? Probablemente no. ¿Tenés cuentas en brokers? Probablemente sí. Esas van a ser reportadas. ¿Tu ingreso es activo y no está sujeto a retención? Entonces ese ingreso no va a ser reportado.

Pero acá viene lo importante: el hecho de que algo no sea reportado automáticamente no significa que esté oculto, que sea legal no declararlo, o que no tengas obligaciones fiscales en Argentina. Son dos conversaciones completamente distintas.

El acuerdo de intercambio automático de información es una cosa. Tu obligación de declarar tus activos y rentas en el exterior es otra completamente diferente. Y la segunda existe independientemente de la primera.

¿Tu estructura está bien hecha? ¿Estás cumpliendo con tus obligaciones de pesificación? ¿Tu LLC está generando hechos imponibles que podrían ser legalmente evitados? Esas son las preguntas que deberías estar haciéndote, mucho más allá de qué información viaja automáticamente. Si todavía no tenés claro si tu situación requiere una estructura formal, podés empezar por entender a partir de qué monto conviene estructurar tu patrimonio.

Vamos a seguir con este tipo de análisis en próximos artículos, porque hay un montón de casos de laboratorio que cuanto más uno lee el acuerdo, más dudas terminan apareciendo.

Si necesitás ayuda con tu caso particular, podemos hablarlo. Trabajamos en Estructuración corporativa internacional y Planificación fiscal multijurisdiccional para freelancers y contractors que operan con clientes del exterior.

Si estás transitando una situación en la cual necesitás ayuda, o simplemente querés contarnos tu caso, contactate con nosotros y vamos a ver cómo te podemos ayudar.

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