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Tax Planning14 de diciembre de 2022 · 6 min de lectura

Acuerdo ARG-USA: qué se reporta y qué no

B&P Consulting

El acuerdo de intercambio de información entre Argentina y USA finalmente se publicó. Te contamos qué datos reporta, cuáles no y cuándo entra en vigencia.

Acuerdo ARG-USA: qué se reporta y qué no

El texto ya está disponible

El gobierno estadounidense finalmente publicó el texto completo del acuerdo de intercambio de información firmado con Argentina. Después de meses de propaganda oficial y desinformación masiva, ahora tenemos certezas concretas.

Y lo que el acuerdo dice es tan relevante como lo que no dice.

Los términos de reciprocidad quedaron limitados a los mismos que en su momento se firmaron con Colombia y Brasil. Esto implica que lo único que se intercambia es la existencia de cuentas bancarias a nombre de residentes argentinos y la renta pasiva de fuente americana sujeta a retención en origen (withholding).

Lo que el acuerdo NO reporta

Empecemos por lo que no está incluido en el intercambio, porque ahí es donde la diferencia entre realidad y discurso político se vuelve más evidente:

Saldos de cuenta ni movimientos. El acuerdo no contempla información sobre cuánto tenés ni qué hacés con esa plata. Solo reporta la existencia de la cuenta y ciertos tipos de ingresos pasivos.

Nada retroactivo. El intercambio aplica desde el año en que entre en vigencia hacia adelante. Lo que pasó antes queda fuera del scope.

Beneficiarios finales de estructuras. Si sos beneficiario de un trust, de una LLC, de una corporation o de cualquier vehículo corporativo, el acuerdo no reporta esa información.

Accionistas o members de entidades americanas. Tener participación en una empresa en USA no genera ningún tipo de reporte bajo este acuerdo.

Estructuras complejas, holdings, subsidiarias. El acuerdo está pensado para cuentas personales a la vista. Todo lo que involucre capas corporativas queda afuera.

Solo reporta cuentas bancarias de residentes argentinos. That's it.

Cuándo entra en vigencia (y por qué importa tanto)

Acá está la diferencia que notamos apenas se publicó el documento. A diferencia de los acuerdos firmados con Colombia y Brasil, el texto argentino incluye una cláusula particular.

En el caso de Brasil y Colombia, el tratado entraba en vigencia en el año en el cual pudieran entregar a USA el documento que certifica el cumplimiento de los protocolos internos necesarios para realizar el intercambio.

En el caso de Argentina, el acuerdo entra en vigencia el primero de enero del año siguiente a la entrega de ese documento.

¿Por qué importa? Porque Brasil tardó un año en producir ese documento. Colombia tardó 14 meses. Resulta difícil imaginar que Argentina pueda completar el proceso en menos de 10 días hábiles (que era lo que quedaba al momento de publicarse el acuerdo en diciembre de 2022).

Si Argentina hubiera tardado lo mismo que Brasil (o más de 10 días hábiles pero menos de un año), el acuerdo habría entrado en vigencia el 1 de enero de 2024, reportando información del año 2024 en adelante. La fecha efectiva de reporte habría sido el 30 de septiembre de 2025.

Si Argentina hubiera tardado lo mismo que Colombia (14 meses), el acuerdo habría entrado en vigencia el 1 de enero de 2025, reportando desde ese año. La fecha efectiva de reporte habría sido el 30 de septiembre de 2026.

En ambos escenarios, el intercambio de información se habría perfeccionado después de las elecciones presidenciales en USA. Y acá hay algo que vale la pena mencionar: este tipo de acuerdo se incumple sistemáticamente con varios firmantes y no existe mecanismo real de enforcement.

La auditoría de seguridad que casi nadie menciona

Pero hay más. Previo al intercambio efectivo de información, Argentina debe pasar una auditoría de seguridad realizada por el gobierno estadounidense.

El nivel de seguridad de las instituciones argentinas no es exactamente robusto (y estamos siendo generosos). La práctica de utilizar información fiscal como herramienta política es más común de lo que debería ser.

Entre consultoría, implementación y auditoría satisfactoria pueden pasar años. O directamente nunca llegar.

¿Es posible que el documento ya estuviera preparado porque se venía trabajando hace tiempo y Argentina lo presentara en los días siguientes? Posible sí, aunque extraño. Podrían haberlo presentado en el momento de la firma del acuerdo.

Qué podemos esperar ahora en 2026

Actualizando este análisis con información de 2026: el acuerdo efectivamente entró en una fase de implementación irregular. Varios bancos americanos comenzaron a solicitar declaraciones de residencia fiscal más agresivamente, pero el intercambio automático de información nunca alcanzó el volumen ni la precisión que se anticipaba en 2022.

La cláusula que establece vigencia a partir del 1 de enero del año siguiente a la entrega del documento sirvió como ancla. Lo que es seguro es que 2022 no fue reportado bajo ningún concepto.

En la página del Tesoro estadounidense podés chequear cuándo efectivamente se actualizó el status del acuerdo. Según la fecha que figure como "In Force", el primer periodo reportable comenzaría el primero de enero del año siguiente.

Y ojo: el hecho de que llegara fin de año sin actualización no significaba automáticamente que 2023 quedaba afuera. Podían actualizar en marzo con fecha de vigencia retroactiva, con lo cual 2023 habría sido el primer año reportable.

Lo que terminó pasando fue más caótico y menos lineal de lo que cualquier análisis de 2022 hubiera podido anticipar. Si querés entender mejor cómo funciona el CRS y sus implicancias para estructuras offshore, ese contexto es clave para leer este acuerdo con perspectiva.

Para los freelancers y contractors que cobran desde Argentina, el impacto concreto del acuerdo es distinto al que se aplica a personas con patrimonio invertido. Vale la pena distinguir esos escenarios antes de tomar decisiones.

Y si lo que te preocupa es la renta pasiva y qué parte de tus ingresos cae dentro de su definición, ese es exactamente el tipo de ingreso que el acuerdo sí contempla reportar.

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