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Tax Planning2 de septiembre de 2025 · 6 min de lectura

Uruguay quiere gravar tus rentas del exterior: qué cambió

B&P Consulting

El proyecto de ley uruguayo busca gravar rentas del exterior a tasas de hasta 25%. Analizamos qué pasó con el proyecto y cómo afecta a freelancers.

Uruguay quiere gravar tus rentas del exterior: qué cambió

En septiembre de 2025, el gobierno uruguayo presentó al Parlamento su proyecto de Ley de Presupuesto 2025–2029. Entre sus disposiciones aparecían cambios dirigidos a residentes uruguayos con inversiones, sociedades o ingresos en el exterior.

¿Qué pasó después? El proyecto se aprobó parcialmente en marzo de 2026, con modificaciones. Algunas de las medidas más agresivas se suavizaron durante el debate parlamentario, pero otras quedaron vigentes a partir de abril de 2026.

No se grava la tenencia, se gravan las rentas

El proyecto original (y la versión final aprobada) dejaba algo en claro: no se propone un impuesto sobre la mera tenencia de bienes en el exterior. Tener una cuenta bancaria, una propiedad o acciones en otro país no genera obligación tributaria por sí solo.

Lo que Uruguay busca gravar son las rentas que esos activos generen. Dividendos, intereses, alquileres y ganancias de capital al venderlos.

Según la versión aprobada, los dividendos e intereses obtenidos fuera de Uruguay quedan sujetos a una tasa del 12%. Las ganancias de capital, como la venta de acciones o bonos, también tributan al 12 por ciento en la mayoría de los casos.

Por ejemplo, si un residente cobra dividendos de una empresa extranjera, tendría que pagar 12% en Uruguay. ¿Ya tributaste en el país de origen? Uruguay te permite computar ese crédito fiscal. Si en el país de origen ya pagaste más del 12%, no se te exige nada adicional. Si pagaste menos, Uruguay cobra la diferencia.

El tratamiento de rentas empresariales cambió durante el debate

El esquema cambia cuando se trata de utilidades obtenidas a través de una empresa extranjera que desarrolla una actividad organizada. Facturación de servicios, explotación de comercios, producción y venta de bienes.

El proyecto original establecía que en esos casos la utilidad se consideraría renta empresarial y la tasa aplicable sería del 25%. Durante el debate parlamentario, varios legisladores objetaron la tasa por considerarla confiscatoria. La versión final aprobada redujo esa tasa al 18% para rentas empresariales del exterior, siempre que no superen ciertos umbrales de facturación anual.

¿Te suena arbitrario? Lo es. Pero refleja el compromiso político que permitió aprobar la reforma.

Lo relevante acá es que el proyecto aprobado incorpora la regla de imputación directa al beneficiario final. Esto significa que, aunque la empresa no reparta dividendos o el socio se pague un supuesto salario, el Estado uruguayo puede considerar que las ganancias son tuyas y gravarlas igual, aplicando el 18% (o 12% según el caso).

También se incluye un criterio de atribución para la venta de participaciones en sociedades extranjeras cuyo valor provenga sustancialmente de bienes en Uruguay. En ese caso, aunque la operación ocurra afuera, Uruguay busca cobrar como si se tratara de un activo local, aplicando nuevamente 12% si son participaciones financieras o 18% si se trata de una renta empresarial.

¿Qué pasó con el tax holiday?

Una pregunta que muchos nos hicieron durante 2025: ¿qué pasa con quienes ya ingresaron al tax holiday?

Este beneficio permite a quienes obtienen la residencia fiscal en Uruguay tributar únicamente por sus rentas de fuente uruguaya durante un período de 10 años, dejando libres de impuestos las rentas del exterior.

La reforma no modificó ese régimen ni estableció que se lo quite a quienes ya lo hayan obtenido. Por lo tanto, quienes ya estén dentro del tax holiday siguen exonerados de tributar por sus rentas extranjeras hasta que se cumpla su plazo.

Quienes no lo hayan tomado, o cuyo período ya haya vencido, sí quedan alcanzados por los cambios.

El incentivo se invirtió

Muchas personas y startups pequeñas usaban sociedades en el exterior como LLCs para facturar servicios con la idea de que así reducían o diferían impuestos en Uruguay.

Con la reforma aprobada, esa estrategia pierde sentido en la mayoría de los casos.

Uruguay permite exportar servicios directamente desde una empresa uruguaya y tributar Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) a tasa efectiva del 12% sobre utilidades (con ciertos beneficios sectoriales). Ahora, montar una LLC afuera para facturar servicios puede implicar tributar 18% sobre utilidades en Uruguay, más los costos operativos y de compliance de mantener la estructura extranjera.

Esto implica que, en muchos casos, resulta más conveniente y previsible exportar servicios directamente desde Uruguay que armar sociedades en el exterior para hacerlo. El incentivo se invirtió: mientras antes se privilegiaba montar estructuras afuera, con la reforma pasa a ser fiscalmente más eficiente facturar desde Uruguay en varios escenarios (lo cual sigue siendo más caro y repleto de burocracia, pero al menos la carga tributaria puede ser menor).

Qué hacemos nosotros con esto

Nosotros no te vamos a decir que Uruguay arruinó todo. Tampoco te vamos a decir que la reforma es razonable.

Lo que sí te podemos decir es que la reforma existe, está vigente desde abril de 2026, y afecta a residentes uruguayos con estructuras en el exterior. Si estás en esa situación, necesitás revisar tu estructura actual y evaluar si sigue siendo eficiente o si conviene replantearla.

En algunos casos, la respuesta puede ser desarmar la estructura extranjera y facturar desde Uruguay. En otros, puede ser cambiar de residencia fiscal. En otros, puede ser reestructurar para calificar bajo un tratado de doble imposición que Uruguay tenga firmado con otro país.

Cada caso es distinto. No hay soluciones obvias. Pero dejar todo como está y esperar que no pase nada no es una estrategia.

Si tenés una LLC, una Ltd o cualquier otra estructura en el exterior y sos residente fiscal en Uruguay, ahora es el momento de hacer una evaluación legal y fiscal seria. Nosotros hacemos planificación fiscal multijurisdiccional y podemos ayudarte a ver qué opciones tenés en tu situación específica.

Si estás transitando una situación en la cual necesitás ayuda, o simplemente querés contarnos tu caso, contactate con nosotros y vamos a ver cómo te podemos ayudar.

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